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Prohibir matrimonio entre personas del mismo sexo es inconstitucional sentencia juez de Fukuoka

Un tribunal superior de la prefectura de Fukuoka, ha dictaminado que no permitir el matrimonio entre personas del mismo sexo es inconstitucional.

El Tribunal Superior de Fukuoka dictó hoy la sentencia sobre las demandas presentadas por tres parejas de las prefecturas de Fukuoka y Kumamoto. Los demandantes interpusieron una demanda contra el estado, alegando que la prohibición del matrimonio entre personas del mismo sexo es inconstitucional y que viola el artículo 13 de la Constitución, que garantiza el derecho a la búsqueda de la felicidad.

Las tres parejas de Fukuoka y Kumamoto sostuvieron que las disposiciones del Código Civil y otras regulaciones que no reconocen el matrimonio entre personas del mismo sexo infringen la libertad de matrimonio y la igualdad ante la ley, tal como se establece en la Constitución. Por su parte, el gobierno argumentó que “el matrimonio entre personas del mismo sexo no está previsto en la Constitución”.

El presidente del tribunal, Ken Okada, declaró que “la falta de un sistema legal para el matrimonio entre personas del mismo sexo cierra el camino para que quienes eligen a una pareja del mismo sexo busquen su felicidad”, indicando que esto infringe el artículo 13 de la Constitución.

Además, también señaló violaciones al artículo 14, que establece la igualdad ante la ley, y al artículo 24, que establece la dignidad individual y la igualdad esencial de ambos sexos.

Se han presentado seis demandas similares en cinco localidades de Japón.

El Tribunal Superior de Fukuoka se convirtió en el tercer tribunal superior que dictamina que la prohibición es inconstitucional.

Desestimó las demandas de los demandantes por daños y perjuicios.

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