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Thursday, April 18, 2024
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Fin a las leyes que discriminaban a mujeres divorciadas

Fin a las leyes que discriminaban a mujeres divorciadas

Se cambia así una norma del siglo XIX que aún estaba en vigor

El Parlamento japonés aprobó el 10 de diciembre pasado, en su última sesión del año, una reforma del código civil para eliminar leyes que discriminan fuertemente a las mujeres tras divorciarse.

Las disposiciones centenarias del Código Civil sobre paternidad y matrimonio se modifican por primera vez para ayudar a proteger a las mujeres divorciadas que han tenido que dejar a sus hijos fuera de los registros familiares para evitar que sus ex maridos sean identificados como padres. Esta enmienda pretende abordar la cuestión del reconocimiento parental y garantizar que todos los niños disfruten de sus derechos legales.

El nuevo reglamento pretende mejorar el acceso de los niños a la asistencia sanitaria y otros servicios esenciales garantizando el reconocimiento de los derechos del padre biológico incluso cuando la madre opta por no inscribir al niño en su registro familiar. Esta práctica ha causado importantes dificultades a estos niños en el pasado y el nuevo reglamento pretende hacer frente a estos retos y garantizar que todos los niños tengan acceso a los mismos servicios básicos.


La reforma de estos apartados, ratificada por la Cámara Alta de la Dieta (Parlamento), elimina una norma que impide que las mujeres japonesas que se divorcian puedan volver a casarse antes de que transcurran 100 días posteriores al divorcio. La revisión permite, sin embargo, que una mujer pueda volver a casarse inmediatamente si demuestra con un certificado médico no estar embarazada o, en caso contrario, que la concepción tuvo lugar después del divorcio.

A su vez, también queda eliminado otro apartado por el cual la paternidad de un bebé que una divorciada dé a luz sin haber transcurrido 300 días desde el divorcio recae automáticamente en el exmarido. 

Esto implica que los hijos de aquellas divorciadas que vuelvan a casarse y hayan nacido menos de 300 días después del divorcio puedan ser registrados como hijos de un nuevo cónyuge en caso de que la mujer tenga una nueva pareja, lo que en términos administrativos facilita enormemente que los menores puedan acceder a diversas prestaciones sociales bajo el llamado “registro de familia” (koseki). El exmarido solo sería considerado padre dentro del período de 300 días si la mujer no se ha vuelto a casar en el momento del nacimiento del hijo.

La enmienda, que entrará en vigor dentro de 18 meses. Los niños nacidos antes de la entrada en vigor del código revisado también estarán cubiertos retroactivamente durante el primer año de su implementación.

También ha eliminado una ley -promulgada al igual que las otras dos, hace más de un siglo- que otorgaba el derecho a los padres a aplicar castigos físicos a sus hijos y ha elaborado una nueva que castigará a los progenitores que cometan estos abusos, al tiempo que establece claramente que el castigo físico y las acciones verbales y físicas que perjudiquen el desarrollo saludable de un niño no están permitidos.

Redacción
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