En una sentencia histórica, el Tribunal Supremo de Japón ha decidido que exigir a las personas que se sometan a cirugía para eliminar sus funciones reproductivas cuando deseen cambiar oficialmente de género es inconstitucional.
Una persona que fue inscrita como varón al nacer, pero que ahora se identifica como mujer, pidió a un tribunal de familia que permitiera el cambio de género sin cirugía, alegando que imponerlo violaría sus derechos humanos y la Constitución.
Tanto el tribunal de familia como luego un tribunal superior desestimaron el caso. Pero hoy la Gran Sala del Tribunal Supremo declaró que el requisito sí viola la Constitución. El máximo tribunal ha ordenado a un tribunal superior que vuelva a juzgar el caso.
Según la legislación japonesa vigente, sólo se puede cambiar el sexo de una persona en los documentos oficiales si se cumplen ciertas condiciones, como que la persona ya no tenga las funciones reproductivas con las que nació. Para ello, la persona debe someterse a una intervención quirúrgica.
Es la duodécima vez desde el final de la Segunda Guerra Mundial que una disposición legal se juzga inconstitucional. La Dieta se verá obligada a revisar la ley.
Una organización internacional que estudia a las comunidades LGBTQ afirma que Japón es uno de los 18 países que exigen cirugía para el cambio de género, una postura a la que se opone la Organización Mundial de la Salud.
Al menos 17 países, entre ellos Argentina y Dinamarca, permiten a los transexuales autoidentificar su género.
Resumen: NHK
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